Según el informe Homofobia de Estado, realizado por ILGA Mundo, 69 estados miembros de la ONU continúan criminalizando la orientación sexual. Por Rosario Marina/ Infografías: Informe Ilga Mundo (Agencia Presentes)
Según el informe Homofobia de Estado, realizado por ILGA Mundo y cuya versión actualizada se dio a conocer el 15 de diciembre de 2020, existen 69 estados miembros de la ONU que continúan criminalizando los actos sexuales consensuales entre personas del mismo sexo. Esto es: el 36% de los 193 estados miembro de Naciones Unidas.
Desde 2006, cada año, la organización ILGA Mundo (Asociación Internacional de Lesbianas, Gays, Bisexuales, Trans e Intersex) –una federación mundial creada en 1978 que reúne más de 1.600 organizaciones–, publica su informe Homofobia de Estado, una encuesta mundial que mapea qué pasa con las leyes de orientación sexual en el mundo.
Según ILGA Mundo, contra todo pronóstico, se han producido avances positivos incluso durante los últimos 12 meses: la actualización del informe sobre Homofobia de Estado documenta cómo la legislación que protege a las personas lesbianas, gays y bisexuales de la discriminación y la violencia ha seguido expandiéndose por el planeta.
-El matrimonio igualitario es ahora una realidad en 28 Estados miembros de la ONU. –En mayo de este año, Costa Rica fue el último en unirse a la lista, siendo, así, en el primer país de Centroamérica en hacerlo.
-En el resto del mundo, existieron otros avances importantes.
-En julio de 2020, Sudán derogó la pena de muerte para los actos sexuales consensuales entre personas del mismo sexo.
-Alemania se ha convertido ahora en uno de los 4 Estados miembros de la ONU que prohibieron las mal llamadas terapias de conversión a nivel nacional, y más jurisdicciones en Australia, Canadá, México y Estados Unidos siguieron su ejemplo.
El mensaje del informe, según el autor principal del informe, Lucas Ramón Mendos, va en dos sentidos. El primero: “Dentro del aspecto negativo, este mensaje de que hay leyes que criminalizan a las personas gays que son remanentes históricos, es mentira. Hemos puesto esfuerzo en descubrir casos de encarcelamiento: de los 69 países, en 34 activamente se está persiguiendo y encarcelando a las personas en base alos actos sexuales consensuales que llevan a cabo. Esto tira por tierra este argumento que son meras normas que viven ahí de otras épocas”, dijo a Presentes.
Pero en cuanto a lo positivo, el principal autor del informe destaca lo ocurrido en Bolivia el 10 de diciembre. En julio de 2020, la Segunda Sala Constitucional del Tribunal de Justicia de La Paz anuló una resolución emitida por el Registro Civil Nacional que negaba el registro a una pareja del mismo sexo en 2019. Es importante recordar que el artículo 63 de la Constitución boliviana limita los matrimonios y las “uniones libres” a los formados por un hombre y una mujer. Sin embargo, la oficina local de las Naciones Unidas en Bolivia acogió la decisión e instó al Registro Civil a cumplirla.
El 10 de diciembre de 2020, el Registro Civil boliviano adoptó la Resolución 374/2020: significa que David Aruquipa y Guido Montaño son la primera unión civil de personas del mismo sexo reconocida por el Estado de Bolivia.
El color azul del mapa indica que ese país cuenta con leyes que protegen a las parejas del mismo sexo contra la discriminación, entre otros puntos. “En América Latina, hoy en día el mapa luce bastante azul. Eso ha ido de la mano de las organizaciones que han logrado que el Estado vaya protegiendo a las personas LGBT”, destacó Mendos.
Pero también remarcó que en la región ha habido retrocesos. “Hemos visto el surgimiento de los grupos religiosos organizados. Si bien siempre hubo resistencia, hoy en día lo que vemos es que hay un discurso armado en torno a este concepto de “ideología de género”. En Brasil, en las restricciones a la libertad de expresión, hemos encontrado normas a nivel de estados, que prohíben la “diseminación de la ideología de género”. En Paraguay hay una resolución del Ministerio de Educación que prohíbe material de “ideología de género””, señaló, entre otros ejemplos. También mencionó el bus del odio en Chile y lxs legisladores en Perú que intentaron derogar un decreto legislativo que prohíbe la discriminación a personas LGBT.
En América Latina, en el 73% de los países las relaciones entre personas del mismo sexo no están criminalizadas. Pero aún en 9 países en América Latina es ilegal tener relaciones con una persona del mismo sexo: Antigua y Barbuda, Barbados, Dominica, Guyana, Granada, Jamaica, San Vicente y las granadinas, Santa Lucía, San Kitts y Nevis.
Además, en la policía de República Dominicana y dentro del ejército de Venezuela aún están prohibidas las relaciones homosexuales.
En el mapa, los únicos países pintados de color rojo en América Latina son Jamaica y Guyana. ¿Cuál es la situación ahí? “Ambas son ex colonias británicas y conservan las normas que se expandieron por todo el imperio británico. En la década del 80 algunos derogaron estas normas, pero hay muchos grupos religiosos que no quieren derogarlas”, explicó a Presentes Lucas Ramón Mendos.
En la región no existen barreras legales para el registro u operación de organizaciones que trabajen en temas de diversidad sexual y de género. Sin embargo, Paraguay tiene una ley que restringe la libertad de expresión en cuestiones relacionadas con la diversidad sexual. En 2017, el entonces ministro de Educación y Ciencia prohibió, a través de la Resolución 29.664, la difusión y el uso de material educativo que refiriera a “teoría y/o ideología de género en instituciones educativas dependientes del Ministerio de Educación y Ciencias”.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos indicó que se trata de una medida que “supone un retroceso para los derechos de las mujeres, de las personas con orientaciones sexuales e identidades de género diversas y de los niñas y niños a recibir una educación libre de estereotipos basados en ideas de inferioridad o de subordinación”.
En Brasil, este año la Suprema Corte derogó leyes de siete municipios que prohibían material educativo con “ideología de género”. Según lo publicado en este artículo de Human Rights Watch, “el 24 de abril, la Corte Suprema derogó por unanimidad una ley de 2015 de Novo Gama, estado de Goiás, que prohibía materiales de aprendizaje con información sobre “ideología de género” en las escuelas municipales. El 8 de mayo, el tribunal anuló una parte similar de una ley de 2018 de Foz do Iguaçu, estado de Paraná, que prohíbe las políticas educativas y las actividades escolares “que probablemente apliquen ideología de género o los términos género u orientación sexual”.
En Jamaica, todavía la Autoridad Cinematográfica debe autorizar las películas. En 2013 fue prohibida, sin explicación alguna, una película en que dos lesbianas eran asesinadas por sus novios.
Por último, en Haití, en 2017, el Senado votó prohibir “cualquier manifestación pública de apoyo por la homosexualidad y proselitismo en favor de esos actos”.
Protección constitucional contra la discriminación basada en la orientación sexual
A diciembre de 2020, 81 Estados miembros de la ONU ya tienen leyes que protegen contra la discriminación en el trabajo por motivos de orientación sexual: hace veinte años, solo había 15.
Sin embargo, Mendos advierte: “Una cosa es la ley, y otra cosa es cómo en la práctica se lleva a cabo. Esto es un termómetro que toma un aspecto determinado”. El informe se basa en la legislación, pero en países que parecieran tener buenas leyes de protección a veces eso no se refleja en la práctica cotidiana.
Existen sólo 4 países en Latinoamérica donde la protección contra la discriminación basada en la orientación sexual está garantizada en la Constitución. Estos son: Bolivia, Cuba, Ecuador y México.
Pero en 26 países de la región existe una amplia protección contra la discriminación aunque no esté contemplado en la Constitución nacional. En Argentina, por ejemplo, el informe advierte que a nivel federal no existe una ley contra la discriminación por motivos de orientación sexual en términos generales, aunque en las ciudades de Buenos Aires (Ley contra la discriminación – Ley No. 5.261/2015) y Rosario (Ley No. 6.321/1996) han promulgado normas locales que otorgan diferentes niveles de protección.
“Además, varias provincias han promulgado leyes que conceden esa protección. Estas leyes locales conceden diversos niveles de protección”, indica el informe, y explica el caso de Chaco, que cuenta con el artículo 60 bis del Código de Faltas (Ley No. 4.209) que prohíbe la discriminación basada en la orientación sexual en términos generales, y el de Río Negro, que a través de la Ley No. B 3.055 reconoce la orientación sexual como un “derecho innato” de cada persona y, en virtud del artículo 2, establece que la orientación sexual se incluirá en la aplicación de toda la legislación antidiscriminatoria.
En la región, sólo Brasil, Ecuador y Puerto Rico tienen leyes que prohíben las mal llamadas “terapias de conversión”. Pero también Argentina, Chile, México y Uruguay cuentan con leyes “indirectas”, en su mayoría dentro de legislación sobre salud mental.
ILGA Mundo ha podido verificar que al menos 34 Estados miembros de la ONU han implementado activamente las leyes de criminalización durante los últimos cinco años, pero el número posiblemente sea mucho mayor. “Donde aún rigen estas disposiciones”, explica Mendos, “las personas pueden ser denunciadas y detenidas en cualquier momento, incluso bajo la mera sospecha de haber practicado actos sexuales consensuales con alguien del mismo sexo. Los tribunales les procesan activamente y les condenan a prisión, flagelación en público o incluso a la muerte”.
Ninguno de los estados que castigan con pena de muerte los actos sexuales consensuales entre personas del mismo sexo están en América Latina.
Esto ocurre en Brunei, Irán, Mauritania, Nigeria (sólo en 12 estados del norte), Arabia Saudita y Yemen. En otros cinco países (Afganistán, Pakistán, Qatar, Somalia (incluida Somalilandia) y los Emiratos Árabes Unidos), aunque no hay certeza jurídica, ciertas fuentes del informe advierten que la pena de muerte podría imponerse en esos casos.
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