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Lesa humanidad La vocación del servicio


24-11-2022 08:16:40
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Reconocidos juristas de todo el país y el exterior le pidieron al TOF2 de Rosario el comienzo del juicio por el robo de Tribunales en 1984. La documentación secuestrada, los riesgos de impunidad biológica.

A 38 años del robo a los tribunales provinciales ocurrido el 8 de octubre de 1984, por medio del cual desapareció documentación sobre la represión ilegal de la última dictadura en Rosario y la región secuestrada un tiempo antes por un juez y que involucraba a personal civil y militar de Inteligencia del Ejército, un grupo de juristas y las organizaciones a las que pertenecen reclamaron “con vehemencia” al Tribunal Oral Federal 2 local que “fije con carácter de extrema urgencia la fecha de juicio”, antes que el paso del tiempo garantice la impunidad biológica del único acusado vivo. Si no fuera porque en ocasiones pareciera que el dinero vale más que la vida, este hecho debería ser considerado el verdadero “robo del siglo”, aunque su investigación judicial y potencial sanción de los responsables luce menos presurosa que la que terminó en condenas para los asaltantes del Banco Río de Acassuso.

“Hechos gravísimos”

El comunicado solicitando al TOF2 de Rosario un pronto inicio del juicio oral por el robo a Tribunales provinciales –causa que fue elevada a juicio por la Fiscalía en octubre del año pasado– lleva las firmas de “juristas que hemos dedicado nuestras vidas profesionales y personales a la causa de la justicia y los derechos humanos”.

Entre ellos, contiene las rúbricas del ex juez español Baltasar Garzón; de Raúl Eugenio Zaffaroni; Eduardo Barcesat; Beniuz Smukler; Cristina Caamaño; Claudia Rocca; Matías Bailone; Martín Fresneda; Fabián Salvioli; Daniel Pablovsky y Daniel Salvetti. Algunos de ellos representan a la Asociación Justicia Legítima y a la Asociación Argentina de Juristas.

En el escrito solicitan “con vehemencia que se fije con carácter de extrema urgencia la fecha de juicio en los autos caratulados Expediente FRO 31001127/2011/ tramitado en el TOF2 de Rosario”.

Recuerdan que “en dicha causa se pretenden juzgar hechos gravísimos contra la justicia argentina y el Estado de Derecho, como fue el robo de los expedientes vinculados a la represión ilegal del terrorismo de Estado en la Argentina durante la última dictadura cívico, militar y empresarial de los tribunales provinciales de Rosario, hace ya casi 38 años”.

Agregan que “la sociedad argentina desde la restauración democrática y muy enfáticamente en los años de la reapertura de los juicios de lesa humanidad, tiene el sostenido empeño de no hesitar ante la posibilidad de juzgar estos crímenes atroces que destruyeron nuestro país”. Es decir, el pacto civilizatorio que nos trajo hasta acá y que busca ser horadado por las derechas en sus diversas versiones plumíferas, tanto de palomas como de halcones.

“En este gravísimo caso, un atentado contra toda la sociedad argentina y en particular contra la administración de justicia de nuestro país, solamente queda un responsable vivo de estos hechos, y a pesar de haber fallado Casación el 12/10/22, en contra de su arresto domiciliario, sigue sin ejecutarse el fallo”, señalan los juristas en el comunicado.

Al solicitar la elevación de la causa a juicio oral, el 14 de octubre del año pasado, la Fiscalía de causas de lesa humanidad, a cargo de Adolfo Villate, acusó al entonces segundo jefe del Destacamento de Inteligencia 121 de Rosario, Luis Américo Muñoz, y a su superior de la época, el jefe de inteligencia del Comando del Cuerpo II del Ejército, Héctor Fructuoso Funes, como los autores del robo a los Tribunales de 1984 de la documentación sobre víctimas y represores y la participación empresarial en el terrorismo de Estado, en su capítulo del sur santafesino.

La documentación había sido secuestrada unos días antes por el juez de instrucción Francisco Martínez Fermoselle, a partir de una denuncia de la Comisión Nacional para la Desaparición de Personas (Conadep).

La patota de Inteligencia también ingresó a mano armada a un domicilio de Dorrego al 1600, a pocas cuadras de Tribunales, donde había documentación secuestrada por orden de Martínez Fermoselle.

Entre el material robado había armamento y municiones, carpetas y documentación –incluidas fotografías, fichas dactiloscópicas y unos cien casetes de audio– con datos de diferentes personas, tanto de víctimas cuanto de posibles perpetradores de delitos contra la humanidad.

A fines de julio pasado, a los 84 años, murió el coronel (re) Muñoz, en cuyo reclamo por un ascenso no otorgado a fines de los 80 permitió –al menos para la Fiscalía– incriminarlo como uno de los autores materiales del robo a Tribunales, que el militar casi confiesa en ese escrito. De ese modo, sólo podría llegar a juicio Funes, de 86 años, si las demoras judiciales no hacen infructuoso el esfuerzo.

“La posibilidad de que el único imputado quede exento de cualquier instancia de juzgamiento nos parece un hecho de acentuada gravedad para la justicia argentina y que ofende al sentimiento de justicia de la comunidad internacional”, advierten los juristas en el escrito.

Por último, señalan que “por ello requerimos que los señores jueces de este tribunal puedan convocar con urgencia la fecha del juicio, dado que la audiencia preliminar será el 6 de diciembre de 2022, y una prórroga de prisión preventiva, como ha pedido el señor fiscal, para evitar daños irreparables en la sustanciación de esta causa y en la búsqueda de la justicia”.

Tranquilidad hogareña

La acusación de Villate se centró –aunque no es la única evidencia– en un documento que halló la Fiscalía federal de San Nicolás mientras investigaba al coronel Muñoz por crímenes de lesa humanidad como segundo jefe y luego titular del Destacamento de Inteligencia 101 del Ejército, con sede en esa ciudad bonaerense.

Se trata de un reclamo dirigido por Muñoz a las autoridades del Ejército, al Ministerio de Defensa y al propio presidente, Raúl Alfonsín, en el que solicitaba una revisión de la calificación “apto para continuar en su grado”, lo cual no le permitía obtener un ascenso en la jerarquía castrense.

Allí, Muñoz hace referencia a su participación en dos “Operaciones Especiales de Inteligencia” (OEI), una antes de las elecciones de octubre de 1983 y otra al año siguiente, ya en democracia.

Sobre la segunda, el reclamo de Muñoz sostiene que “aquí la operación consistió en un gran despliegue de efectivos y medios, pero en esta oportunidad la finalidad fue disminuir la intensa presión de las organizaciones de derechos humanos, para llevar ante los estrados judiciales a personal militar y civil de la Fuerza, como así también personal policial”.

“Debo señalar que este operativo cumplió ampliamente con su cometido”, sigue el coronel, para explicar que “permitió disminuir el hostigamiento de la subversión enancada en las organizaciones de derechos humanos; y por ende llevar tranquilidad a los hogares de muchos camaradas”.

Para Villate, el coronel que reclamaba un ascenso hace clara referencia al robo a los Tribunales de octubre de 1984, atento a que no existió ese año otro hecho que permita encuadrarse en esa descripción.

El secuestro ilegal y la desaparición de la documentación que contenía datos de las víctimas y alias e identidades de los represores del Ejército, tanto militares como Personal Civil de Inteligencia (PCI), permitió llevar, sin dudas, “tranquilidad a los hogares de muchos camaradas” involucrados en la represión ilegal diseñada y ejecutada desde el Estado terrorista.

De vocación, servicio

Acerca de la primera OEI a la que hace referencia Muñoz en su escrito, la Fiscalía entiende que se trata del secuestro de los militantes peronistas Osvaldo Agustín Cambiaso y Eduardo Pereyra Rossi, “levantados” del bar Magnum de Córdoba y Ovidio Lagos de Rosario el 14 de mayo de 1983, y cuyos cuerpos asesinados aparecieron tres días después en un camino rural cercano a la localidad bonaerense de Lima.

El Ministerio del Interior y la Policía Bonaerense comunicaron entonces, como durante buena parte de la dictadura, que se trataba de subversivos “abatidos en un enfrentamiento”. Muñoz fue condenado a cadena perpetua por esos delitos pero la Cámara de Casación lo absolvió, por lo que la Fiscalía presentó un recurso a la Corte Suprema de la Nación. La muerte del acusado privó de la posibilidad de establecer la verdad jurídica sobre su participación en esos hechos.

“Dada su gran envergadura, las dos Operaciones Especiales fueron ampliamente publicitadas por todos los medios de comunicación masivos, con una gran repercusión. Esta situación puso en serio peligro mi integridad personal, incluyendo a mi familia”, sostuvo Muñoz en su escrito de queja.

El servicio por vocación puntualizó que “mi actuación en el grado de Teniente Coronel no puede dejar de ser evaluada en detalle, teniendo en cuenta que tuve el honor y oportunidad que me dio la superioridad, de participar en dos operaciones donde hubo que poner en juego una real y verdadera vocación de servicio”.

Además, explicó que conoce las virtudes de la discreción, pero puede dejarla de lado ante una orden. “Debo hacer notar que dadas las características de dichos acontecimientos, configurados doctrinariamente como Operaciones Especiales, voy a limitarme solamente a mencionarlos en su ubicación temporal como marco de referencia de la oportunidad en que se produjeron, brindando un breve contexto de los mismos”, dijo.

“No obstante –siguió–, si se me ordena, puedo hacer un relato pormenorizado de las operaciones en que participé directa y activamente cumpliendo órdenes de la superioridad”. Y en lo que puede interpretarse como una velada advertencia, agregó: “Asimismo informo que dispongo de elementos probatorios que avalan lo expresado precedentemente”.

Muñoz murió el 31 de julio pasado, a los 84 años, y se llevó a la tumba tanto los “elementos probatorios” que decía poseer como su testimonio, que no estaba obligado a prestar ante un tribunal.

En el requerimiento de elevación a juicio, el fiscal Villate lo había acusado de ser autor inmediato del robo a Tribunales de 1984.

Obtener impunidad

En su pieza acusatoria contra Muñoz y Fuentes, Villate sostuvo que la finalidad del robo de la documentación en los Tribunales ordinarios “fue obtener impunidad respecto de los delitos de lesa humanidad cometidos en esta jurisdicción en el período de terrorismo de Estado; ello respecto del personal de las fuerzas armadas y fuerzas de seguridad que se encontraba identificado en el material que había sido secuestrado por el Juzgado de Instrucción de la 10° Nominación de Rosario a pedido de la Conadep”.

De acuerdo a la causa, alrededor de la 1.45 del 8 de octubre de 1984 “Muñoz comandó a un grupo de integrantes de la inteligencia castrense que amenazó con armas de fuego a la custodia policial del edificio de los tribunales provinciales, le sustrajo sus armas reglamentarias y los maniató y los encerró en el recinto de la guardia, donde fueron hallados y liberados por el personal que llegó a trabajar a las 5.00”.

Luego de neutralizar a la guardia, el grupo sustrajo “casi la totalidad del material secuestrado en los distintos allanamientos relacionados con las denuncias radicadas” por la delegación Rosario de la Conadep, que dieran lugar a la formación de la causa denominada “Feced”.

“Para esa acción, fueron forzadas las cerraduras de la puerta de ingreso al juzgado, la del despacho del juez, las del cajón central de su escritorio y las de dos armarios”, sostiene la investigación.

En cuanto al rol de Funes, señala que al haberse realizado presuntamente la operación especial por personal perteneciente al Destacamento de Inteligencia 121 que operaba en la órbita del Comando del Cuerpo II del Ejército, “la participación del jefe de inteligencia de la plana mayor, coronel Héctor Fructuoso Funes, devino necesaria y la atribución de su responsabilidad está fundada en función del comando al cual respondía aquel destacamento”.

Villate dijo a El Eslabón que la atribución penal al militar retirado se basa en su “responsabilidad mediata” con el hecho por su condición jerárquica.

Una resolución de Casación ordenó que Funes cumpla la prisión preventiva –hace poco prorrogada– en una cárcel común. Sin embargo, el TOF2 no dio cumplimiento a esa manda por la condición de salud del acusado, de 86 años, y ordenó una serie de estudios para determinar su estado. Si como solicitan los juristas mencionados al comienzo de esta nota, el juicio no comienza pronto, la impunidad biológica puede sobrevenir a la judicial.

Fuente :

redaccionrosario.com

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