El Pleno Tribunal Constitucional de España avaló este martes la reforma de la ley del aborto que permite a las jóvenes de 16 y 17 años terminen con su embarazo sin el permiso de sus padres y establece a hospitales públicos como los centros de salud en los que se pueden realizar esta práctica.
La mayoría progresista del tribunal rechazó el recurso presentado contra la Ley 1/2023 de “salud sexual y reproductiva”, que modificaba la aprobada en 2010. Mientras que los magistrados Concepción Espejel, Enrique Arnaldo, César Tolosa y Ricardo Enríquez, del ala conservadora, han anunciado voto particular en contra de la decisión de la mayoría.
Las nuevas medidas que incorpora la Ley:
-Las adolescentes podrán abortar a partir de los 16 años sin necesidad de contar con el permiso de sus padres. Se elimina el requisito introducido en 2015 que obligaba a las menores de 16 y 17 años a contar con dicho consentimiento.
-Los centros sanitarios públicos deberán organizar sus servicios para garantizar la prestación del aborto.
-Se creará un registro de objetores de conciencia.
-Se elimina la obligación de informar a la adolescente sobre las prestaciones y ayudas de apoyo a la maternidad y también el plazo de reflexión de tres días.
-La reforma amplía los derechos reproductivos a todas las “personas trans con capacidad de gestar”, es decir, a las que han pasado a “autopercibirse” como hombres, pero que han mantenido su aparato reproductor femenino.
Los nuevos “derechos” que incorpora la Ley:
-Incapacidad temporal laboral desde el primer día de la semana 39 del embarazo y mientras se reciba asistencia sanitaria por un aborto y no se pueda trabajar.
-Se garantiza también el acceso público y universal a la anticoncepción y se insta a los poderes públicos a fomentar la “corresponsabilidad”, apoyando la investigación y financiación de anticonceptivos masculinos.
La reforma legal, realizada en febrero de 2023 eliminó los tres días de reflexión y blindó el aborto frente a protocolos antiabortistas. El actual aval del Tribunal reafirma estas modificaciones.
Fuente : noticiasholisticas.com.ar
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