Declárase la emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética por el plazo de un (1) año
El Poder Ejecutivo nacional informará mensualmente y en forma detallada al Honorable Congreso de la Nación acerca del ejercicio de las facultades delegadas y los resultados obtenidos
su reorganización, centralización, transformación, fusión, escisión, disolución total o parcial y transferencia a las provincias o a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, previo acuerdo que garantice la debida asignación de recursos.
Fuente : diarioar.ar
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