Los fiscales Hernández y Jiménez resisten dos resoluciones judiciales que los obligan a hacer lo que no quieren: permitir el acceso a la causa por “espionaje ilegal” a las defensas de los sospechosos. Pullaro, ofendido.
A pesar de dos decisiones judiciales en sentido contrario, los fiscales Ezequiel Hernández y Mariela Jiménez siguen manteniendo la reserva sobre las evidencias de la investigación acerca de presuntas maniobras ilegales en la recopilación de datos por parte del Estado, que tiene como sospechosos al exministro de Seguridad, Marcelo Sain, y aparte de su equipo, en un caso que también mezcla supuestos ilícitos en una licitación que no se realizó.
Para no caer en falsos disimulos, los fiscales notificaron al diputado radical Maximiliano Pullaro, en cuyo espacio político parece haberse originado la causa, que es “víctima” de los delitos que aún no se conocen con precisión.
En la resolución del jueves 10, el juez Jorge René Patrizi dispuso, ante un planteo del abogado defensor de Sain para acceder al legajo en el que está investigado su cliente, “el levantamiento de la reserva de las actuaciones” de la causa.
Los fiscales respondieron este viernes con un pedido de aclaratoria, porque no entendieron.
La misma sostiene que existe “un concepto oscuro”, ya que para Hernández y Jiménez el juez no indicó los alcances de la expresión “levantamiento de la reserva”.
En una sintética pero sólida clase de derecho procesal, el juez Patrizi les aclaró el asunto: el Código Procesal Penal establece que el órgano acusador debe exponer las pruebas en la audiencia imputativa, y una vez concluida el acusado podrá “conocer las actuaciones”, por lo que opera el “cese de la reserva”.
Pero mientras se filtran presuntos detalles de la investigación a la prensa, Jiménez y Hernández no imputan a los sospechosos, a quienes ya notificaron que están bajo pesquisa.
Patrizi les explicó que una vez notificados, los investigados poseen el derecho a conocer las actuaciones en un plazo de 15 días si los fiscales no solicitan la audiencia imputativa.
El juez tiene en cuenta en su resolución que los fiscales advirtieron que se encuentran “en plena tarea de investigación” y a la pesca de pruebas, pero destaca que “no se puede dejar a las personas investigadas sine die (sin plazo)”.
El magistrado aclaró que la resolución a ese “presunto conflicto” entre el derecho del imputado a conocer la prueba y el de los investigadores a guardar reserva de las evidencias antes de la audiencia, está previsto en el propio código, que prescribe que “excepcionalmente, si resultara útil al éxito de la investigación, el fiscal podrá solicitar fundadamente autorización al juez disponer la reserva total o parcial del legajo de investigación por un plazo que no podrá exceder de diez días”.
Es decir que, si hay algo que no pueden revelar a la defensa sin poner en riesgo la investigación, pueden solicitarlo al juez. Pero no pueden jugar, eternamente, a las escondidas con las evidencias.
Aclarado el asunto, Hernández y Jiménez debían permitir a las defensas acceder a las evidencias sobre los investigados, que exigen desde diciembre pasado el ejercicio de ese derecho.
Vale recordar que a principios de febrero, otro juez les otorgó la posibilidad de duplicar los plazos procesales, en base a la presunta “complejidad” de la causa, por lo que desde fines de noviembre tienen a un grupo de personas entre sus manos, exponiéndolas públicamente pero sin imputarlas. Vale aclarar, también, que los fiscales aseguran que desconocen cómo llega a la prensa la información que a la que las defensas no pueden acceder por la reserva del caso.
Sin embargo, cuando los abogados fueron a buscar el legajo, se encontraron con un nuevo escollo: los fiscales apelaron la resolución de Patrizi y volvieron a sentarse sobre el reservado legajo. Hasta que la Cámara Penal resuelva el planteo, las pruebas seguirán bajo secreto.
Paralelamente, los fiscales santafesinos notificaron al diputado Pullaro, exministro de Seguridad durante la gestión del Frente Progresista Miguel Lifschitz, hoy en Juntos por el Cambio, de que fue “penalmente ofendido por la comisión de los delitos” de abuso de autoridad y violación a las leyes de Inteligencia y de Protección de Datos Personales en la causa que ellos investigan.
Es decir, que habría sido víctima de “espionaje”, un delito de clara competencia federal, que Hernández y Jiménez buscan subsumir en la amplia y difusa calificación de “asociación ilícita”.
Como contó a través de varias notas el semanario El Eslabón, replicadas en este diario digital, la causa que buena parte de la prensa denomina de “espionaje ilegal” se originó en una denuncia realizada por el vicedirector del Organismo de Investigaciones, el militante radical y exfuncionario del Frente Progresista, Víctor Moloeznik, narrada en la nota “El vuelto”.
La denuncia fue aderezada con los testimonios de siete u ocho empleados del OI (la policía judicial que depende del Ministerio Público de la Acusación) que ingresaron a la dependencia por su capacidad y experiencia en la Unión Cívica Radical santafesina, como contamos en “Testigos protegidos”.
Uno de ellos, incluso, declaró en su sumario administrativo del OI que accedió al cargo “por el pullarismo”, ya que todas las incorporaciones a la dependencia tuvieron “alguna raíz política”.
Las que parecieron poner en evidencia el carácter político del caso –independientemente de sus avatares judiciales- fueron las declaraciones del propio Pullaro el 26 de noviembre pasado, mientras todavía se realizaban los allanamientos a las sedes Rosario y Santa Fe del Ministerio de Seguridad en busca de las ahora tan reservadas evidencias.
Cuando aún no habían concluidos los procedimientos, el diputado dijo por la prensa que se trataba del “hecho más grave de la democracia santafesina” porque “es una empresa criminal dedicada a la extorsión a través de inteligencia ilegal constituida y construida por el Estado”, aunque aclaró que no conocía la evidencia recolectada sino que su dictamen se basaba en “las crónicas periodísticas”, escritas con sus propias declaraciones.
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