El especialista en deuda externa Alejandro Olmos Gaona se refirió a un mecanismo permitido por el Fondo que podría utilizar Argentina en sus negociaciones con el organismo internacional.
Por Alejandro Olmos Gaona
Más allá de la decisión del presidente Alberto Fernández de iniciar acciones por la contratación del préstamo con el FMI, el gobierno sigue buscando llegar a un acuerdo, que permita una renegociación del mismo, estirando los plazos de pago, ya que no existe la menor posibilidad de afrontar las obligaciones contraídas irresponsablemente por el gobierno de Macri. Seguramente nada será fácil para el ministro Martín Guzmán, dada la rigidez con la que se maneja la institución multilateral, aún en estas inusuales épocas de pandemia. El propósito de esta nota es mostrar un aspecto prácticamente desconocido que podría ser utilizado por el gobierno, para encarar el largo proceso de negociación desde una perspectiva más favorable a la que existe en este momento.
Es sabido que los instrumentos legales con los que opera el sistema financiero, le permite manejarse con total impunidad respecto a cualquier planteo de ilegalidad que pudiera hacerse a las obligaciones contraídas por los estados. Esa estructura está respaldada por el FMI que como prestamista de última instancia, siempre se hace presente para gravitar en la política económica y financiera a través de sus préstamos siempre sujetos a ajustes y condicionalidades inherentes a los mismos. Bien sabemos que los acuerdos con el FMI de la década del 90, tuvieron como contrapartida la exigencia de vender las empresas públicas, modificar la legislación laboral, privatizar el sistema jubilatorio, y efectuar una salvaje racionalización del empleo público.
Las políticas de ajuste, la restricción del gasto público y las modificaciones laborales estuvieron siempre presentes en los acuerdos que se firmaron, aunque luego las consecuencias fueran destructivas para la economía nacional, no haciéndose cargo en ningún caso el FMI, de sus responsabilidades. La institución se apartó del Derecho Internacional y utilizando la debilidad estructural de los pueblos latinoamericanos, diseñó un sistema que determinaba que ante cualquier pedido de asistencia monetaria, el plan económico del Estado requirente fuera proyectado de acuerdo con las pautas generadas desde dentro del organismo de acuerdo con las proyecciones elaboradas por sus técnicos.
En el informe del art. IV del año 2017, el organismo internacional determinó que el gobierno de Macri debía mantener "la tasa promedio de impuestos a la exportación de productos de soja" en 25,5%; demorar hasta 2020 la implementación de algunas disposiciones establecidas en la reforma tributaria (la reducción de cargas laborales para los empleadores y la posibilidad de deducir impuesto al cheque del impuesto a las Ganancias); reducir aún más los "subsidios ineficientes a la energía y el transporte"; racionalizar el gasto público en bienes y servicios, con una baja del 15% en términos reales y continuando en 2019, (nuevamente la obsesión por el gasto); recortar el gasto en salarios en el Estado mediante un recorte de "empleados no prioritarios" en 2018 y congelar las contrataciones en el sector público en 2019 y 2020, excluyendo a las universidades.
Este recorte de empleados siempre fue uno de los condicionamientos habituales del FMI en muchos de los acuerdos. También se incluyó limitar la suba nominal de los salarios del sector público (incluyendo pagos no remunerativos) al 8% entre junio de 2018 y junio de 2019; recortar las transferencias a empresas del estado un 15% en 2019, y realizar esfuerzos para fortalecer su posición financiera; reducir las transferencias a las provincias un 1,2% del PBI en 2019, y asegurar que esa reducción se completara con recortes en los gastos provinciales en bienes, servicios y salarios. Ese año 2017 el FMI ya sabía de los problemas financieros, que además habían sido explicitados en el “inclosure “del bono a 100 años, donde el gobierno había expresado categóricamente que: “Las fluctuaciones del peso pueden afectar adversamente la economía argentina y la capacidad de cumplir con las obligaciones del país y no se puede garantizar que la Argentina pueda obtener financiamiento, lo que puede determinar que no se puedan pagar la deuda pública y los bonos”.
No obstante el conocimiento de la real situación económica de la Argentina en el 2018, se efectuó el conocido préstamo, y mientras se efectuaban los desembolsos, se iban fugando sumas parecidas, sin que el FMI, le advirtiera al gobierno, y suspendiera la remisión de los fondos, como claramente lo establece el artículo VI de su Convenio Constitutivo, que fue violado ostensiblemente, sin que haya ningún pronunciamiento del organismo al respecto sobre el incumplimiento de su propias normas. A esto cabe agregar que el monto del préstamo solo podía ser habilitado en circunstancias excepcionales que no existían en ese momento, y la entregas de dinero siguieron hasta el 2019, aunque en el informe del 2018, el organismo multilateral había indicado que la deuda no era sostenible.
En su Convenio Constitutivo, el Fondo se encargó de protegerse de cualquier acción legal, estableciendo una inmunidad total respecto de su funcionamiento, como así también del desempeño de sus gobernadores, directivos y operadores, determinando que ante cualquier dificultad o discrepancia, solo cabía recurrir a la Junta de gobernadores Bloquearon así toda posibilidad de cuestionamiento a sus políticas y al incumplimiento de sus propias normas, lo que les permitió que jamás fueran afectados por alguna decisión jurisdiccional.
Si bien el FMI tiene más inmunidades que un país soberano, y tales privilegios fueron ratificados por la Convención de Privilegios e Inmunidades de los Organismos Especializados que fuera aprobada por la Conferencia General de las Naciones Unidas el 6 de diciembre de 1946 y por la Asamblea General el 14 de diciembre del mismo año, existe una parte de la misma que permite que un gobierno que se encuentre afectado por el incumplimiento de una norma del FMI, pueda pedir una opinión consultiva a la Corte Internacional de Justicia de la Haya para que se expida. Esto es algo prácticamente desconocido y pese a las impugnaciones que se le efectúan a la institución, nunca se decidió poner en práctica un mecanismo legal para cuestionarlo. Además en todo aquello que se habla sobre el Fondo jamás vi que se intentara hacer uso de un recurso establecido por las Naciones Unidas.
En efecto, en el art. IX, Sección 32 de la Convención de Inmunidades citada se establece que “Si surge una controversia entre uno de los organismos especializados, por una parte, y un Estado Miembro, por otra, se solicitará una opinión consultiva sobre cualquier cuestión jurídica suscitada, con arreglo al Artículo 65 del Estatuto de la Corte, así como a las disposiciones correspondientes de los acuerdos concertados entre las Naciones Unidas y el organismo especializado respectivo. La opinión de la Corte será aceptada por las Partes como decisiva”.
En razón de tal posibilidad, y sin dejar de lado las negociaciones que lleva adelante el gobierno, nada impide que se efectúe una presentación a la Corte Internacional de Justicia de La Haya, acompañando los elementos de prueba que demuestren de manera irrefutable como el FMI, incumplió sus propias reglas, formalizando un acuerdo a sabiendas que el país no iba a poder pagar las obligaciones contraídas, sino que además incumplió sus propias normas, no procediendo como lo establecía el art. VI de su Convenio Constitutivo.
Si queremos ser un país soberano, resulta necesario utilizar todos los recursos de que se dispone, para que se reconozcan nuestros derechos y se ponga en evidencia el ilegal comportamiento del organismo, a través del pronunciamiento del máximo tribunal internacional. Que tal decisión limite las exigencias e irreductibilidad con la que se ha manejado el FMI desde siempre, terminando con la discrecionalidad con la que obraran sus funcionarios y los países que lo controlan mayoritariamente. Así como ellos se muestran muy exigentes respecto a la imposibilidad de reducir intereses, o efectuar una quita sobre el dinero prestado porque las normas a las que están sujetos no se lo permiten, es hora de usar el derecho internacional, para poner en evidencia el ilegal comportamiento con el que se manejaran durante el gobierno de Cambiemos, y ver si de tal manera se llega a un acuerdo que le facilite las negociaciones al gobierno nacional.
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