La Cámara baja aprobó la prohibición de publicidad de las plataformas de apuestas y de juegos de azar online. Oficialismo y aliados no acompañaron, “En nombre de la libertad de expresión quisieron limitar el alcance de la norma”, indicó el diputado Toniolli.
La Cámara de Diputados de la Nación aprobó en la última hora del miércoles la media sanción para el proyecto de Ley que –entre otras disposiciones– establece la prohibición masiva de la publicidad de las plataformas de apuestas y de juegos de azar online. “Dimos un gran paso para proteger la salud mental, el bienestar emocional y la economía familiar de millones de argentinos frente a la pandemia silenciosa de la ludopatía”, señaló el diputado Eduardo Toniolli, uno de los impulsores de la iniciativa.
“No hay campañas de concientización ni charlas escolares que alcancen para conjurar el crecimiento exponencial de la adicción a las apuestas, sino le ponemos un freno a ese estímulo permanente que es la publicidad masiva de estas plataformas”, señaló Toniolli durante su intervención en la Cámara baja, y afirmó que lo que busca el proyecto –sobre el que ahora deberá dictaminar el Senado– es “replicar disposiciones ya existentes para, por ejemplo, productos como el cigarrillo, cuya publicidad está prohibida en cumplimiento de disposiciones orientadas al cuidado de la salud de la población”.
El legislador santafesino y referente del Movimiento Evita fustigó a las bancadas del oficialismo y sus aliados por su decisión de no acompañar la decisión mayoritaria del cuerpo: “En nombre de libertad de expresión quisieron limitar el alcance de la norma, y como no lo lograron, operaron para que se caiga la sesión no dando quórum”.
En relación a las objeciones públicas enunciadas por la cámara que reúne a las loterías estatales de la Argentina, Toniolli defendió la constitucionalidad de la iniciativa aprobada: “No afecta facultades no delegadas por las provincias al gobierno federal, en tanto no se inmiscuye en la potestad de las primeras de fijar requisitos para autorizar el funcionamiento de las plataformas de apuestas online, sino que hace valer la responsabilidad que recae en el segundo –y en particular en el Congreso Nacional– en el dictado de normas que involucren aspectos inherentes a la salud, derecho humano tutelado en el artículo 42 de la Constitución Nacional”.
La normativa que obtuvo media sanción dispone además para las plataformas de apuestas la prohibición de los llamados “bonos de bienvenida” y de las recompensas por tiempo jugado, la obligación de utilización de sistemas de reconocimiento facial para el ingreso de los usuarios y el desarrollo de canales de asistencia para ludópatas, entre otras medidas.
Establece, además, fuertes limitaciones a la participación en carácter de licenciatarios o de usuarios de plataformas, para quienes tengan alguna relación con entidades deportivas o con la práctica de actividades deportivas que sean objeto de apuestas.
En lo que refiere a las plataformas ilegales, la iniciativa incluye disposiciones para hacer efectivo su bloqueo mediante la articulación de la autoridad de aplicación con organismos como la UIF y el Banco Central, y establece que los responsables de redes sociales deben establecer mecanismos para denunciar infractores.
Foto: Prensa HCDN
Asimismo, el uso de las tarjetas de débito y de las billeteras virtuales estarán sujetas a un límite diario para su uso en apuestas, y además solo se podrán utilizar con dinero en cuenta, para evitar endeudamientos. La prohibición del uso de las tarjetas de créditos persigue el mismo objetivo.
Se dispone además, en cabeza de la autoridad de aplicación, la realización de jornadas educativas y campañas de sensibilización sobre la problemática de la ludopatía, y la recopilación se información para la realización de estudios cualitativos e informes públicos anuales sobre la materia.
Por último se establece un régimen sancionatorio para quienes incumplan las nuevas disposiciones, que incluyen desde fuertes multas hasta penas de prisión.
Fuente : redaccionrosario.com
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